IRS: Constructores de viviendas nuevas con eficiencia energética calificada podrían ser elegibles para crédito tributario expandido bajo Sección 45L

8 de agosto de 2023by Larson Accounting
maxresdefault.jpg

WASHINGTON — El Servicio de Impuestos Internos les recuerda a los contratistas elegibles que construyen o reconstruyen sustancialmente viviendas calificadas como viviendas de eficiencia energética, que podrían calificar para un crédito tributario de hasta $5,000 por vivienda.

El monto del crédito depende de los requisitos de elegibilidad tal como el tipo de vivienda, la eficiencia energética de la vivienda y la fecha en que alguien compra o renta. Este importante crédito se amplió como parte de la Ley de Reducción de la Inflación de 2022.

Elegibilidad para constructores y viviendas

Para calificar, los contratistas elegibles deben construir o reconstruir sustancialmente una vivienda con eficiencia energética calificada. También deben ser propietarios de la vivienda y tener una base en ella durante la construcción, y deben venderla o rentarla a una persona para usarla como residencia.

Las viviendas también deben ser categorías específicas de viviendas unifamiliares (incluidas las prefabricadas) o viviendas multifamiliares bajo los programas conocido como Energy Star. Además, deben estar ubicadas en los Estados Unidos y cumplir con los requisitos de ahorro de energía aplicables según el tipo de vivienda y la fecha de venta.

Requisitos y cantidad del crédito para 2023 y años posteriores

Para viviendas adquiridas entre 2023 y 2032, el monto del crédito oscila entre $500 y $5,000 según los estándares que se cumplan, que incluyen:

  • Requisitos del programa Energy Star
  • Requisitos del programa de vivienda lista para el consumo de cero energía
  • Requisitos salariales vigentes

Requisitos y montos del crédito antes de 2023

Para viviendas adquiridas antes de 2023, el monto del crédito es de $1,000 o $2,000, dependiendo de los estándares cumplidos, que incluyen:

  • Certificar que la casa tiene un nivel anual de consumo de energía de calefacción y refrigeración que es al menos un 50% (o un 30% para ciertas casas prefabricadas) menor que el de una casa comparable que cumple con ciertos estándares de energía, con mejoras en los componentes de la envolvente del edificio que representan al 1/5 (o 1/3 para ciertas casas prefabricadas) de la reducción
  • Cumplir con ciertas reglas federales de casas prefabricadas
  • Cumplir con ciertos requisitos de Energy Star

Cómo reclamar el crédito correctamente

Los contratistas elegibles deben cumplir con todos los requisitos bajo la Sección 45 L del Código de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) antes de reclamar el crédito. Puede encontrar directrices de cómo interpretar la Sección 45L en el Aviso 2008-35 (en inglés) (y el Aviso 2008-36 (en inglés) para viviendas fabricadas).

Use el  Formulario 8908, Crédito por la construcción de nuevas viviendas con eficiencia energética (en inglés), para reclamar el crédito bajo la Sección 45L.

El IRS alienta a los contratistas elegibles a que tengan un buen mantenimiento de registros de todos los documentos requeridos para respaldar un reclamo por el Crédito de la Sección 45L.

Press: IRS-2023-142SP, 7 de agosto de 2023

Larson Accounting